Autorregulación
Nueva Norma de Autorregulación para Contralores Normativos
En julio el Comité Normativo detectó algunos traslapes en las funciones del Contralor Normativo con las de control interno, comité de auditoría, oficial de cumplimiento, etc., a raíz de lo cual se elaboraron diversos documentos, los que dieron pauta a la elaboración de una nueva versión de la norma de autorregulación del Contralor Normativo para Casas de Bolsa.
Entre los documentos mencionados se elaboró una matriz de análisis funcional que contiene las obligaciones regulatorias en la que se identifican los diversos temas, los órganos o áreas responsables y en las funciones del contralor normativo en términos de la norma propuesta, es decir la forma como coordina el cumplimiento cada órgano. A reserva de su análisis puntual, el documento da una idea de toda la regulación que debe cumplirse, lo que a juicio del Comité de Contralores Normativos para Casas de Bolsa justifica la función de coordinación por parte de los Contralores Normativos.
En relación con este tema, se procedió a efectuar un análisis minucioso en el que destacó la labor de coordinación que debe tener esta área para el Contralor Normativo. Asimismo, en agosto el Comité Jurídico analizó los comentarios del Comité de Contralores Normativos el cual presentó su punto de vista a través de la elaboración de una nueva versión de la norma para autorregular las actividades del Contralor Normativo de las Casas de Bolsa, apegándose a las recomendaciones de Basilea y con base en la nueva Ley del Mercado de Valores y la Circular Única para Casas de Bolsa, con lo que se pretende lograr un mayor grado de comprensión de la función de prevención de riesgos al interior de las intermediarias y de paso alinear con toda la nueva regulación.
La nueva versión de la Norma se sometió a consideración del Comité Normativo, la que está sujeta a la determinación del plan de autorregulación por parte de este Comité. Por otra parte, se acordó elaborar el programa de trabajo tipo para los Contralores Normativos acorde con la filosofía del proyecto de norma.
Norma de autorregulación V.4 para Sociedades de Inversión.
En cuanto a las Fuentes de Información de la Norma de Autorregulación V.4, relativa a Lineamientos a los que deberá sujetarse el material publicitario, promocional e informativo de las Sociedades de Inversión; se solicitó incluir dentro de las fuentes de información del material publicitario previstas en la Norma, al MexDer, por lo que derivado de lo señalado en la Regla Octava de la propia Norma se solicitó la opinión del Comité de Operadoras para que procediera dicha solicitud, como lo prevé la regla antes citada: Actualmente las fuentes reconocidas son:
- > México Analytica.
- > Bloomberg.
- > Infosel.
- > Reuters.
- Sólo para información estadística diferente a publicidad e inserciones pagadas, no incluye artículos o entrevistas, la que se publica en los Periódicos “El Economista”, “El Financiero” y “Reforma”.
- Proveedores de Precios sólo para instrumentos que valúa o generan benchmarks diferentes a sociedades de inversión (Cetes, Bancarios, etc.).
- MexDer. >>
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